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Por decreto: el Gobierno flexibilizó la tenencia de armas semiautomáticas para civilesEl Gobierno flexibilizó la adquisición y la tenencia de armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon --simil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto --. La medida fue oficializada a través del DNU 397/2025 publicado este martes en el Boletín Oficial y llevó las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich. Con el argumento de que "resulta necesario reevaluar los mecanismos dispuestos" para controlar estas armas, el Gobierno Nacional emitió un Decreto de Necesidad y Urgencia para facilitar el acceso y la tenencia de las mencionadas armas. El acceso de civiles a este tipo de armas estaba prohibida desde 1995. En el DNU se argumenta que el circulante previo al dictado del Decreto 64/95, el cual restringió la tenencia de este tipo de armamento, no se puede transferir y como "muchos de sus usuarios originales han fallecido" se "han facilitado las condiciones de irregularidad en las que se encuentran sus sucesores". ¿Qué son las armas semiautomáticas? Las armas semiautomáticas son aquellas que se recargan automáticamente después de cada disparo. Con ellas, para cada tiro es necesario jalar el gatillo, a diferencia de lo que ocurre con las armas automáticas, con las cuales es posible efectuar varios disparos mientras se mantenga el dedo apretando el gatillo. Es por eso que estas últimas, al ser más peligrosas, suelen ser sujeto de regulaciones más estrictas. ¿Qué cambia con el DNU 397/2025 que desregula la tenencia de armas semiautomáticas? Antes del DNU 397/2025: "Prohíbese a los legítimos usuarios de armas de fuego la adquisición y tenencia de armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon simil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR". Ahora: "Establécese un régimen de autorización especial para los actos de adquisición y tenencia de armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR, peticionados por los legítimos usuarios de armas de fuego". Antes del DNU 397/2025: "Cuando existieren fundadas razones que lo justifiquen, el Ministerio de Defensa a propuesta del Registro Nacional de Armas, podrá autorizar a legítimos usuarios de armas de Uso Civil Condicional, la tenencia de armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon simil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR". Ahora: "La Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC), organismo descentralizado actuante en la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional, podrá autorizar a legítimos usuarios de armas de Uso Civil Condicional la adquisición y tenencia de armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR". En todos los casos, los referidos legítimos usuarios deberán acreditar probados usos deportivos y las demás condiciones objetivas que al efecto establezca la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC). La ANMAC es un organismo descentralizado que actúa en la órbita del Ministerio de Seguridad y tendrá a su cargo la aplicación del régimen de control especial. Juan Pablo Allan, titular de la Anmac y exsenador provincial de Buenos Aires entre 2015 y 2023 en representación del PRO, fue uno de los presentes en la reunión en la que funcionarios de la exgobernadora María Eugenia Vidal, agentes de inteligencia y empresarios pedían una "Gestapo antisindical". El dispositivo de espionaje y armado de causas quedó en la nada luego de que el Poder Judicial dictara la falta de mérito. Las desregulaciones al mercado de las armas en el gobierno de Milei Previamente, en diciembre 2024, el Gobierno modificó la ley nacional 20.429 de armas y explosivos y bajó la edad mínima para ser legítimo usuario de armas de 21 a 18 años. Siguen vigentes son los otros dos requisitos: "No presentar anormalidades psíquicas o físicas que incapaciten al peticionante" y la "acreditación de identidad, domicilio real y medios de vida lícitos". En mayo de este año, la ANMAC flexibilizó un requisito que debían cumplir los fabricantes y comerciantes de armas y municiones. La Resolución 49/2025 establece que ya no será necesario contar con la habilitación municipal como requisito previo para conseguir la habilitación, rehabilitación, inscripción o reinscripción, por parte de la ANMaC, de instalaciones comerciales e industriales. Algunos de los rubros alcanzados por la esta normativa son: usuarios comerciales, distribuidores mayoristas, usuarios comerciales minoristas, talleres de reparación de armas y fábricas de armas de diferentes tipos. El decreto gubernamental incluye a fábricas de municiones, componentes de munición, elementos de recarga de municiones y recarga comercial de municiones, talleres de reparación y de armado de materiales para vehículos blindados, plantas de destrucción de materiales de usos especiales y depósito de armas y/o municiones y entidades de tiro con instalaciones propias. ![]() |
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